TO. Denisse Alvear Muena
Terapeuta ocupacional. Especialidad en Autismo e Integración...
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En el contexto educativo chileno actual, el concepto de sala sensorial ha cobrado relevancia tras la promulgación de la Ley de Autismo 21.545/2023. Estas salas han sido promovidas por el Ministerio de Educación (MINEDUC), más el presente año, como parte de una estrategia de acompañamiento a estudiantes principalmente Autistas pero también a otros con requerimientos de autorregulación.
En el contexto educativo chileno actual, el concepto de sala sensorial ha cobrado relevancia tras la promulgación de la Ley de Autismo 21.545/2023. Estas salas han sido promovidas por el Ministerio de Educación (MINEDUC), más el presente año, como parte de una estrategia de acompañamiento a estudiantes principalmente Autistas pero también a otros con requerimientos de autorregulación. A pesar de lo positivo de esta idea, persisten confusiones importantes respecto de su función y diseño.
En este artículo, entrevistamos a la profesional Denisse Alvear Muena, terapeuta ocupacional, quien nos comentó sobre todos los aspectos esenciales y actuales para implementar las salas sensoriales en nuestro país.
Las salas sensoriales, según lo dispuesto por el MINEDUC, son espacios dentro de la comunidad educativa diseñados para que los estudiantes puedan regularse emocional, sensorial y conductualmente con apoyo de un adulto significativo. Su propósito es ofrecer un ambiente seguro, con estímulos controlados, que facilite procesos de autorregulación, especialmente en estudiantes Autistas o con otras condiciones neurodivergentes, que presenten desafíos ante las diversas demandas escolares.
Según la terapeuta ocupacional Denisse Alvear, estas salas deben entenderse como recursos de apoyo y no como soluciones únicas.
Para que realmente cumplan su función, es indispensable la presencia de un adulto co-regulador, es decir, una persona significativa para el estudiante, que lo ayude y acompañe a alcanzar estados de calma y conexión vincular, desde una perspectiva más preventiva que reactiva, respecto a las situaciones/conductas desafiantes que puedan surgir.
Denisse señala que existe una confusión importante entre las llamadas salas sensoriales y las salas de integración sensorial, a pesar que comparten recursos similares. Mientras que estas últimas son espacios terapéuticos supervisados por profesionales —principalmente terapeutas ocupacionales— para realizar evaluaciones e intervenciones especializadas, las salas sensoriales impulsadas por el MINEDUC tienen una finalidad distinta: ofrecer calma y contención vincular, efectiva y afectiva, en situaciones de desregulación emocional, sin requerir atención clínica directa.
Además, no todos los estímulos sensoriales funcionan igual para todos los estudiantes. “Lo que a algunos los calma, a otros los altera, eleva su alerta”, explica. Por ello, es fundamental conocer el perfil sensorial de cada estudiante y capacitar al equipo educativo para un uso pertinente y respetuoso del espacio.
Las salas sensoriales están pensadas como espacios de calma para propiciar la inclusión, restringir la vulnerabilidad y reducir la exposición en situaciones que pueden resultar desafiantes para los estudiantes neurodivergentes. Se utilizan como un recurso de apoyo para niñas, niños y adolescentes Autistas, o para quienes requieran de acompañamiento en sus procesos de autorregulación emocional/sensorial/conductual.
Estas salas no deben ser entendidas como espacios terapéuticos, sino como entornos de co-regulación, en los que un adulto acompañante o “adulto vincular”, ayuda a los estudiantes a alcanzar un estado de calma cuando no pueden hacerlo por sí mismos.
Denisse aclara que el uso de la sala sensorial no debe limitarse al momento de la desregulación.
“Lo que observamos como desregulación puede tener muchas causas: gatillantes sensoriales, contextuales, emocionales o incluso inflexibilidad”, afirma.
Por eso, insiste en que el foco debe estar en la prevención, no en el manejo de la crisis.
Explica que hay una escala que va desde los gatillantes (situaciones que propician una situación/conducta desafiante), a los precursores (signos tempranos conductuales observables) y luego a la posible desregulación, la que puede ser evitable cuando es el entorno quien realiza un adecuado manejo de la situación y de la detección de gatillantes y precursores. El uso adecuado de la sala sensorial debiera ocurrir cuando aparecen los primeros precursores, no cuando la situación ya ha escalado. De este modo, se puede evitar llegar a un estado de desregulación emocional/sensorial/conductual.
Desde la perspectiva de la terapeuta ocupacional, las salas sensoriales deben ser entendidas como un recurso más dentro de las estrategias amplias del apoyo educativo y no como la solución principal o única ante situaciones de desregulación emocional/sensorial/conductual
Denisse enfatiza que estos espacios, por sí solos, no garantizan regulación ni inclusión: “los espacios, los materiales, no garantizan por sí mismos nada”, afirma.
📌 Lo que realmente marca la diferencia es contar con adultos co-reguladores, conocimiento técnico, protocolos escolares y ajustes curriculares y de acceso que acompañen su uso de forma efectiva, entendiendo que los estudiantes pasan la mayor parte del tiempo en las aulas regulares.
La implementación de una sala sensorial en el contexto escolar requiere más que la habilitación de un espacio físico. Según Denisse Alvear, es imprescindible comprender el propósito real de estas salas, establecer protocolos claros de uso y asegurar la formación del equipo educativo responsable.
Uno de los aspectos fundamentales es que el uso de la sala debe estar acompañado por un adulto capacitado, quien cumpla un rol de co-regulador para el estudiante. Esta persona debe ser vinculante y cercana a este, debe conocer su perfil sensorial, facilitar el uso de los materiales e intervenir según las necesidades observadas. No se trata de que el estudiante utilice el espacio de manera independiente y sin orientación, requiere de un acompañamiento.
Por otra parte, los implementos sensoriales no son universales ni garantizan regulación automática. Cada estudiante responde de manera distinta a los estímulos sensoriales e implementos, desde la modulación y la praxis, por lo que la elección de materiales debe basarse en una observación profesional y un conocimiento específico del perfil individual. Además, todos los elementos deben ser seguros, desmontables y adaptables, para evitar generar sobrecargas sensoriales o nuevas dificultades.
El diseño físico de la sala también es un aspecto relevante: debe ubicarse en un espacio estratégico, alejado del ruido y de zonas de alta circulación. Debe contar con piso y muros acolchados, iluminación regulable y condiciones acústicas adecuadas, tal como lo establece el MINEDUC en sus lineamientos que explican las características de los espacios desde lo publicado en agosto de 2025.
Finalmente, Alvear recalca que la eficacia de una sala sensorial depende de un uso planificado y protocolizado, no improvisado.
Esto incluye la elaboración de perfiles individuales, la capacitación del equipo y la articulación con planes institucionales como el Plan de Acompañamiento Emocional y Conductual (PAEC) de carácter obligatorio, o los protocolos de desregulación emocional (DEC/ Dem). Sin estos elementos, el espacio corre el riesgo de transformarse en un recurso mal utilizado o incluso contraproducente.
La implementación de salas sensoriales en establecimientos educacionales se enmarca en un proceso reciente impulsado por el MINEDUC, el cual responde a los lineamientos de la Ley 21.545 o Ley de Autismo. Esta ley exige al Estado garantizar el acceso equitativo, la inclusión y el bienestar de estudiantes Autistas en el sistema educativo.
En este contexto, el MINEDUC lanzó una convocatoria nacional en agosto de 2025 para habilitar aulas sensoriales o salas de calma en escuelas municipales pertenecientes a 223 comunas del país. Esta medida busca ofrecer un espacio físico que permita a los estudiantes autorregularse en situaciones de alta sensibilidad, estrés o vulnerabilidad emocional (Ministerio de Educación, 2025).
Según la terapeuta ocupacional, esta iniciativa, aunque valiosa, debe leerse con cautela. Advierte que, en la práctica, no existe aún una normativa específica que regule el uso de estas salas sensoriales, más allá de los requisitos de infraestructura definidos por el MINEDUC. A la fecha, los únicos lineamientos concretos disponibles son los PAEC (Plan de Acompañamiento Emocional y Conductual) de carácter obligatorio para estudiantes Autistas y DEC/Dem (Protocolo de Desregulación Emocional), que deben ser adaptados por cada establecimiento según las características de sus estudiantes.
📌Además, Alvear subraya que muchos programas de integración escolar carecen de profesionales especializados en integración sensorial. En ese sentido, considera fundamental que esta política vaya acompañada de mayor contratación de terapeutas ocupacionales, junto con formación y orientación para el personal docente y asistentes de la educación. De lo contrario, el uso de las salas podría volverse desorganizado, e incluso, perjudicial para los propios estudiantes.
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