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¿Qué es la inimputabilidad en la Psicología Forense?

La psicología forense es una disciplina que une los campos de la psicología y el derecho, aplicando conocimientos psicológicos en el ámbito legal.

Dentro de este contexto surge el concepto de inimputabilidad. Descúbrelo en este artículo de Adipa.

Contenido

  1. ¿Qué es la inimputabilidad en la psicología forense?
  2. ¿En qué casos se puede aplicar la inimputabilidad?
  3. ¿Qué tipo de eximiciones existen?
  4. Reflexión
¿Qué es la inimputabilidad en la Psicología Forense?

La psicología forense es una disciplina especializada dentro de la psicología que, a su vez, se considera una subespecialidad de la psicología jurídica.

Su objetivo principal es brindar apoyo al sistema de justicia al aplicar conocimientos psicológicos en asuntos legales. En otras palabras, su función radica en ayudar en la toma de decisiones y comprender los procesos psicológicos tanto de las víctimas como de los acusados, evaluar las habilidades parentales, analizar testimonios, entre otros aspectos relevantes para el contexto legal.

Dentro del ámbito de la psicología forense y del derecho, emerge el concepto inimputabilidad.

¿Qué es la inimputabilidad en la psicología forense?

Para hablar de inimputabilidad tenemos primero que entender que dicho concepto es de naturaleza jurídica.

La inimputabilidad surge cuando un sujeto no está en capacidad de entender la naturaleza de su acto o de determinar su conducta, a causa de un trastorno mental o inmadurez psicológica. La diversidad sociocultural puede, asimismo, dar lugar a la calificación de inimputabilidad.

En este sentido, la inimputabilidad se aplica cuando el individuo experimenta una disminución en sus capacidades cognitivas y volitivas:

  • Capacidad cognitiva: se refiere a la habilidad que un individuo tiene para percibir los aspectos de la realidad a través de los sentidos y comprenderlos. Si el sujeto cuenta con todo aquello que le permite ejercer un juicio crítico suficiente para valorar si una conducta es perjudicial, nociva, lesiva, etc., o si no lo es.
  • Capacidad volitiva: es la capacidad de dirigir de manera voluntaria nuestra conducta, es decir, la aptitud para controlarla.

¿Qué profesionales pueden evaluarlo?

Los profesionales más idóneos para evaluar las facultades mentales son psiquiatras. Ellos pueden dar cuenta si la persona es inimputable o imputable, si es que mantiene o no mantiene dichas capacidades mentales o facultades mentales conservadas.

¿En qué casos se puede aplicar la inimputabilidad?

Según lo establecido en el Código Penal de Chile, específicamente en el Artículo 10, existen 13 causales en donde se puede aplicar:

  1. El loco o demente, a no ser que haya obrado en un intervalo lúcido, y el que, por cualquier causa independiente de su voluntad, se halla privado totalmente de razón.
  2. El menor de dieciocho años. La responsabilidad de los menores de dieciocho años y mayores de catorce se regulará por lo dispuesto en la ley de responsabilidad penal juvenil.
  3. Derogado.
  4. El que obra en defensa de su persona o derechos, siempre que concurran las circunstancias siguientes:
    Primera: Agresión Ilegítima.
    Segunda: Necesidad racional del medio empleado para impedirla o repelerla.
    Tercera: Falta de provocación suficiente por parte del que se defiende.
  5. El que obra en defensa de la persona o derechos de su cónyuge, de su conviviente civil, de sus parientes consanguíneos en toda la línea recta y en la colateral hasta el cuarto grado, de sus afines en toda la línea recta y en la colateral hasta el segundo grado, de sus padres o hijos, siempre que concurran la primera y segunda circunstancias prescritas en el número anterior, y la de que, en caso de haber precedido provocación de parte del acometido, no tuviere participación en ella el defensor.
  6. El que obra en defensa de la persona y derechos de un extraño, siempre que concurran las circunstancias expresadas en el número anterior y la de que el defensor no sea impulsado por venganza, resentimiento u otro motivo ilegítimo.
  7. El que para evitar un mal ejecuta un hecho, que produzca daño en la propiedad ajena, siempre que concurran las circunstancias siguientes:
    Primera: Realidad o peligro inminente del mal que se trata de evitar.
    Segunda: Que sea mayor que el causado para evitarlo.
    Tercera: Que no haya otro medio practicable y menos perjudicial para impedirlo.
  8. El que con ocasión de ejecutar un acto lícito, con la debida diligencia, causa un mal por mero accidente.
  9. El que obra violentado por una fuerza irresistible o impulsado por un miedo insuperable.
  10. El que obra en cumplimiento de un deber o en el ejercicio legítimo de un derecho, autoridad, oficio o cargo.
  11. El que obra para evitar un mal grave para su persona o derecho o los de un tercero, siempre que concurran las circunstancias siguientes: Actualidad o inminencia del mal que se trata de evitar; Que no exista otro medio practicable y menos perjudicial para evitarlo; Que el mal causado no sea sustancialmente superior al que se evita; Que el sacrificio del bien amenazado por el mal no pueda ser razonablemente exigido al que lo aparta de sí o, en su caso, a aquel de quien se lo aparta siempre que ello estuviese o pudiese estar en conocimiento del que actúa.
  12. El que incurre en alguna omisión, hallándose impedido por causa legítima o insuperable.
  13. El que cometiere un cuasidelito, salvo en los casos expresamente penados por la ley.

¿Qué tipo de eximiciones existen?

Existen dos tipos de eximiciones de acuerdo a la pérdida de capacidades.

  1. Eximente completa: Cuando el sujeto enjuiciado tiene un trastorno de la personalidad, es posible que no se vean afectadas sus facultades de manera significativa, tanto cognitivas como volitivas. Sin embargo, si este trastorno se combina con otros factores como el consumo de alcohol, es más probable que se vean afectadas las facultades del individuo. Por ejemplo, esta situación de inimputabilidad puede ocurrir cuando el trastorno de la personalidad se exacerba, provocando un impulso que afecta los frenos inhibitorios del individuo, llegando incluso a perder la capacidad volitiva necesaria para aplicar la eximente.
  2. Eximente incompleta: En este caso, la anomalía o alteración no impide completamente comprender la ilicitud del hecho, pero sí disminuye la comprensión y la libertad de determinación y acción voluntaria.

En Chile, para poder eximirse de responsabilidad penal, es necesario encontrarse dentro de ciertas circunstancias establecidas en el artículo 10 del Código Penal. A su vez, cada una de estas circunstancias cuenta con requisitos específicos que deben concurrir en forma conjunta para que se configure la causal que permite liberar de responsabilidad penal a una persona.

Sin embargo, existen situaciones en las si bien, concurre el presupuesto básico de la eximente de responsabilidad, falta algún otro requisito de los exigidos por la eximente. En estos casos nos encontramos frente a una eximente incompleta, establecida en el artículo 11 n° 1 del Código Penal, la cual si bien no eximen completamente de responsabilidad al individuo, si la atenúa, pudiendo solicitarse una pena inferior a la que correspondería para el caso.

Reflexión

En conclusión, existen varios elementos interrelacionados en el concepto de imputabilidad como base psicológica en el ámbito jurídico. Estos elementos incluyen la capacidad cognitiva y la capacidad volitiva, que se refieren a la comprensión de los hechos delictivos y la capacidad de autodeterminación basada en esa comprensión.

Sin embargo, es necesario realizar una evaluación profesional específica por parte de expertos en psiquiatría y psicología para determinar si las funciones de comprensión y volición estaban alteradas en el sujeto con una patología mental en particular.

No hay que olvidar que la psicología forense se relaciona estrechamente con el marco legal de cada país y busca aportar su conocimiento científico para el ámbito de la justicia y las decisiones judiciales. Estas son las principales ideas fundamentales a considerar en este contexto.

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