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Medidas de Protección en Justicia Familiar: ¿Cómo proteger eficazmente los derechos de la niñez?

¿Cómo proteger los derechos de niños, niñas y adolescentes frente a situaciones de vulneración? Este artículo aborda el rol de las medidas de protección judicial y administrativa, su aplicación efectiva, los principales desafíos del sistema y recomendaciones clave para profesionales del ámbito psicosocial. Acompañamos este análisis con la visión del juez Simón Saavedra, especialista en derecho familiar.

Medidas de Protección en Justicia Familiar: ¿Cómo proteger eficazmente los derechos de la niñez?

Cada día, cientos de niños, niñas y adolescentes enfrentan situaciones que vulneran profundamente sus derechos fundamentales. En este contexto, las medidas de protección judicial emergen como instrumentos clave para salvaguardar su bienestar integral y asegurar su desarrollo saludable.

Con la guía del Mg. Juez. Abgdo. Simón Saavedra, experto en derecho familiar, exploramos cómo identificar, gestionar y aplicar eficazmente estas medidas desde una perspectiva integral, empática y multidisciplinaria.

¿Qué son las medidas de protección en la justicia familiar?

Las medidas de protección son procedimientos judiciales establecidos para detener y reparar situaciones graves que vulneren o amenacen los derechos fundamentales de niños, niñas y adolescentes (NNA). Según Saavedra, su principal objetivo es proteger efectivamente a la niñez, evitando daños mayores y restaurando sus derechos afectados.

Entre las vulneraciones más frecuentes se encuentran:

  • Negligencia parental grave: falta de cuidado básico, supervisión o apoyo emocional adecuado.
  • Maltrato físico y psicológico: cualquier acto que afecte negativamente la integridad física o emocional.
  • Violencia intrafamiliar: situaciones en las que NNA son víctimas directas o testigos recurrentes de violencia en su hogar.
  • Abandono: ausencia prolongada o descuido significativo por parte de los adultos responsables.
  • Abuso sexual infantil: vulneración grave que requiere intervención inmediata y coordinada.

¿Quién puede interponer medidas de protección y cómo se realiza el proceso?

Según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN), cualquier persona que tenga conocimiento de una vulneración hacia un niño, niña o adolescente puede denunciarla ante Carabineros, Policía de Investigaciones o directamente en los Juzgados de Familia. También existen funcionarios públicos que tienen la obligación legal de realizar estas denuncias al tener conocimiento de alguna vulneración o amenaza.

El proceso puede iniciarse mediante una denuncia, requerimiento o demanda. La denuncia puede realizarse de manera presencial o a través del portal de la Oficina Judicial Virtual del Poder Judicial (ojv.pjud.cl), facilitando el acceso al sistema judicial. Al ingresar al portal, se debe seleccionar la opción “Trámite Fácil” e identificar claramente los datos del niño, niña o adolescente, así como del adulto responsable, y entregar la mayor cantidad posible de detalles sobre la vulneración observada para facilitar una intervención efectiva.

¿Qué diferencias hay entre las medidas de protección judiciales y administrativas?

Según la BCN, existen dos tipos principales de medidas de protección:

Medidas judiciales

Son dictadas por jueces y tienen carácter obligatorio y exigible directamente. Estas intervenciones incluyen desde programas terapéuticos ambulatorios hasta acciones más profundas como el ingreso temporal a residencias del Estado. Según Saavedra, estas “se implementan en casos de vulneraciones graves que requieren una respuesta inmediata y firme por parte de la justicia”.

Medidas administrativas

Son gestionadas por las Oficinas Locales de la Niñez (OLN) para casos menos graves. Estas medidas suelen requerir una cooperación más voluntaria de las familias y están orientadas principalmente a fortalecer el núcleo familiar mediante acciones de orientación, apoyo constante y derivaciones a programas sociales específicos. Saavedra enfatiza que “en caso de incumplimiento, estas oficinas pueden solicitar la intervención judicial para asegurar la protección efectiva del menor”.

Ambos tipos de medidas pueden complementarse eficazmente. Es crucial una coordinación fluida entre las instancias administrativas y judiciales para asegurar una intervención integral y efectiva que logre proteger de manera completa los derechos de niños, niñas y adolescentes afectados.

¿Cuál es el rol del Juzgado de Familia en la implementación de medidas de protección?

Los tribunales de familia cumplen una función protectora clave. Según Saavedra, “cada decisión tomada debe basarse en el principio del interés superior del niño, buscando siempre restaurar y fortalecer sus derechos fundamentales”.

El Juzgado de Familia actúa como garante de los derechos de los niños, niñas y adolescentes, y está facultado para adoptar medidas urgentes en casos de vulneración grave. Además de dictar resoluciones judiciales con fuerza de cumplimiento obligatorio, el tribunal evalúa el contexto familiar, el nivel de riesgo, la colaboración de los adultos responsables y la red de apoyo disponible.

Entre las acciones más comunes destacan:

  • Derivación a programas de apoyo familiar ofrecidos por el Servicio Mejor Niñez.
  • Aplicación de medidas residenciales, solo cuando sean estrictamente necesarias. Estas medidas, como el ingreso a residencias de protección o la ubicación en familias de acogida, se consideran la última alternativa cuando no es posible garantizar la seguridad del NNA en su entorno habitual. Saavedra advierte que “la institucionalización nunca debe ser la primera opción; solo debe utilizarse cuando otras medidas no han sido efectivas o viables”.

¿Cuáles son los principales desafíos al implementar medidas de protección?

La implementación efectiva de medidas de protección enfrenta una serie de dificultades estructurales, legales y emocionales que requieren de atención especializada. Desde la perspectiva del Mg. Saavedra, los desafíos más frecuentes incluyen:

Resistencia familiar frente a la intervención

Muchas veces, las familias perciben estas acciones como una amenaza o invasión a su vida privada, lo que puede dificultar la colaboración y generar tensiones adicionales en contextos ya vulnerables.

Complejidad al abordar múltiples vulneraciones simultáneamente

No es inusual que un mismo caso involucre negligencia, maltrato y pobreza estructural, lo que exige respuestas integrales y articuladas entre múltiples instituciones.

Riesgo de revictimización

Tanto el sistema judicial como los equipos técnicos deben evitar que el niño o niña repita su testimonio innecesariamente o enfrente evaluaciones excesivas que puedan agravar su situación emocional. Como señaló la especialista Stephanie Vicencio en el seminario de ADIPA, “realizar investigaciones internas cuando ya hay un relato de abuso o maltrato es un error frecuente que vulnera aún más al NNA”.

Insuficiencia de recursos estatales

La falta de cobertura de programas especializados, tiempos prolongados para derivaciones o escasa disponibilidad de cupos en residencias dificultan la aplicación oportuna y efectiva de las medidas decretadas.

¿Qué recomendaciones existen para profesionales psicosociales frente a las medidas de protección?

El rol de los y las profesionales psicosociales es clave para garantizar que las medidas de protección no solo se apliquen, sino que sean verdaderamente efectivas y respetuosas del bienestar de los NNA involucrados. Su labor se sitúa muchas veces en la primera línea de contacto con las situaciones de vulneración, por lo que contar con herramientas claras, éticas y actualizadas resulta esencial.

Desde su experiencia judicial y formativa, el Mg. Saavedra entrega orientaciones claras para quienes trabajan con infancia vulnerada:

  • Capacitación continua y multidisciplinaria: Conocer la legislación vigente, los circuitos institucionales y las buenas prácticas clínicas es clave para una intervención eficaz. Es importante no solo dominar los conceptos teóricos, sino también reconocer cómo estos se aplican en el terreno.
  • Flexibilidad y adaptación al contexto: Cada niño, niña o adolescente tiene una historia distinta. Comprender la dinámica familiar, el entorno cultural y los factores de riesgo y protección es fundamental para ajustar las estrategias de intervención de manera pertinente.
  • Intervenciones oportunas y humanizadas: Actuar a tiempo puede marcar una gran diferencia. Además, es crucial mantener una postura ética y empática, validando la voz del niño y respetando su dignidad en todo momento.

Saavedra concluye: “Un NNA que ha logrado ser intervenido a tiempo y ha cesado la vulneración de derechos de la cual ha sido víctima, es mucho más probable que el día de mañana sea un adulto funcional que aporte activamente a la sociedad”.

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¿Qué redes de apoyo existen para gestionar las medidas de protección?

Según la información proporcionada en el Seminario de ADIPA y la Biblioteca del Congreso Nacional, existen diversas instituciones que cumplen un rol clave al momento de gestionar o acompañar procesos vinculados a medidas de protección. Entre las principales redes de apoyo se encuentran:

  • Oficinas Locales de la Niñez (OLN): Ofrecen orientación y acompañamiento en casos leves o moderados. Son la puerta de entrada para intervenciones de carácter administrativo.
  • Oficinas de Protección de Derechos (OPD): Brindan apoyo psicosocial y jurídico a niños, niñas y adolescentes vulnerados, además de realizar seguimiento de casos.
  • Servicio Nacional de Protección Especializada a la Niñez y Adolescencia (Mejor Niñez): Dispone de una red de programas especializados que abordan distintas etapas del proceso, desde intervenciones preventivas y apoyo familiar, hasta tratamientos de alta complejidad en contextos de vulneración grave.

¿Cómo podemos ser co-garantes en la protección de la infancia?

Desde el rol profesional en psicología y salud mental, ser co-garantes de los derechos de la infancia implica asumir una postura activa en la prevención, detección y abordaje de situaciones de vulneración. Esto requiere no solo formación continua y conocimiento normativo, sino también una disposición ética y empática frente a la niñez. Implica colaborar con las redes institucionales, promover entornos seguros y ser agentes de cambio capaces de influir positivamente tanto en la intervención directa como en las políticas y prácticas del entorno profesional.

Referencias

Biblioteca del Congreso Nacional de Chile. (s.f.). Medidas de protección de niños, niñas y adolescentes. https://www.bcn.cl

Mejor Niñez. (s.f.). Servicio Nacional de Protección Especializada a la Niñez y Adolescencia. Gobierno de Chile. https://www.mejorninez.cl/

Poder Judicial de Chile. (s.f.). Oficina Judicial Virtual. https://ojv.pjud.cl

Vicencio, S. (2024). Seminario “Medidas de Protección en Justicia Familiar”. ADIPA.

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